viernes, 22 de octubre de 2010

Sentencia del TJCE de 21 de octubre de 2010; el canon digital o "compensación equitativa"


El polémico canon digital ha recibido el refrendo del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. La sentencia del Tribunal Europeo, (SENTENCIA) es consecuencia de una cuestión prejudicial instada ante el TJCE por la Audiencia Provincial de Barcelona, órgano este último, que debe dirimir (en fase de apelación) el procedimiento entre "Padowan, S.L." y la Sociedad General de Autores (SGAE). El Tribunal Europeo se ha pronunciado sobre la correcta interpretación del concepto "compensación equitativa" que figura en el artículo 5.2.b) de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento y del Consejo, relativa a determinados aspectos de derechos de autor y derechos afines a los de autor en la sociedad de al información.
En esencia las lineas argumentales básicas son:

- los estados miembros pueden regular y exigir, la denominada "compensación económica" por los daños que los autores de las obras pueden sufrir como consecuencia de que se realicen copias privadas de sus obras.

- sin embargo, la aplicacion indiscriminada de este canon a todo tipo de equipos, aparatos y soportes para reproducción digital, especialmente cuando son adquiridos por personas distintas de las personas físicas y para fines ajenos a la copia privada, no resulta conforme a la artículo 5.2 de la directiva 2001729.

- por lo tanto, el canon debe aplicarse a aquellas personas que posean aparatos y soportes de respoducción digital y que "presumiblemente" pueden realizar copias privadas.

Esperaremos la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que, sobre la base de esta cuestión prejudicial planteada, deberá decidir si "Padowan, S.L." debe abonar los derechos que le reclama la SGAE o, si por el contrario, como todo parece indicar, esta sociedad no es deudora de tales derechos.




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